• Pueden disfrutar de los servicios financieros que se ofrecen y recibir préstamos de Coop57.
  • Los socios de servicios participan en la Asamblea de la sección territorial de Coop57 a la que pertenezcan con voz y voto. Cada socio tiene un voto, con independencia de las aportaciones efectuadas.
  • Los socios eligen –y pueden ser elegidos para– los delegados a la Asamblea General y los miembros de los órganos sociales.
  • Participan de la toma de decisiones de la entidad en la asamblea y en los órganos políticos de Coop57.
  • Las aportaciones obligatorias están sometidas a las pérdidas y las ganancias de Coop57 según decisión de la Asamblea (lo cual puede comportar la reducción o la ampliación del capital social obligatorio desembolsado).
  • Según la legislación, sólo los socios de servicios de COOP57 pueden recibir préstamos y beneficiarse de sus servicios financieros.
  • Las aportaciones de los socios de servicios, tanto las obligatorias como las voluntarias, se acreditan mediante títulos nominativos.
  • El plazo de las aportaciones voluntarias es de carácter indefinido hasta que se manifieste lo contrario.
  • Se puede solicitar la devolución por anticipado de las aportaciones voluntarias sin ningún tipo de penalización o coste.
  • En caso de pérdida de la condición de socia de servicios, ésta puede solicitar el reembolso de la aportación obligatoria al capital social, cuyo valor será estimado sobre la base del balance del ejercicio en el cual se produzca la baja, una vez lo haya aprobado la Asamblea General. Se deberán deducir las pérdidas del ejercicio, las amortizaciones acreditadas y todos los otros conceptos que establezca la Ley.