·        Inicia la actividad en mejores con una mejor situación financiera

·        Mejora la posición financiera de tu cooperativa o sociedad laboral

 

·        Refuerza y consolida tu empresa

 

Para más información contáctanos

 

 

¿Por qué es importante esta subvención?

 

Esta subvención facilita e incentiva el acceso a la financiación de las cooperativas y sociedades laborales para mejorar su capital social y su modelo de financiación a través de los fondos propios.

 

¿Por qué aumentar los fondos propios mejora el modelo de financiación?

 

Al analizar la solvencia financiera de una entidad los fondos propios son un elemento central dado que su proporción frente al endeudamiento determinan una estructura equilibrada del balance de la entidad.

Para mejorar o fortalecer la estructura financiera de las cooperativas y sociedades laborales ya sea por ejemplo para buscar más financiación o para tener menores costes financieros. Una mayor cantidad de fondos propios hace más solvente a la entidad ante el análisis.

 

¿Quiénes pueden acceder a la subvención?

 

Las personas físicas y/o jurídicas socias de cooperativas o sociedades laborales que realicen una aportación al capital social con fondos propios o mediante un préstamo otorgado para tal fin.

La persona física o jurídica receptora del préstamo podrá solicitar una subvención que financiará parte de la aportación (propia o de la deuda contraída) y parte de los intereses que se generen, en caso de un préstamo.

 

Requisitos a cumplir para acceder a la Subvención:

  • Cumplir la normativa en materia de inclusión social y en materia de  igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias, frente a la seguridad social y al Ayuntamiento de Madrid.
  • Estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad de Madrid.
  • La sede de las entidades de economía social o al menos un centro de trabajo debe localizarse en la ciudad de Madrid.
  • Cumplir el convenio colectivo del sector de actividad de la entidad de economía social.
  • No haber superado las cantidades máximas de ayudas establecidas por la regla de minimis.
  • Si el solicitante es persona física y socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral, desarrollar su actividad laboral en la ciudad de Madrid.

 

¿Qué se subvencionará?

 

 

Se considerarán subvencionables parte de las nuevas aportaciones a capital social, incluida aquellas que se hagan financiadas por un préstamo a tal fin, para todas las socias de una cooperativa o sociedad laboral con su sede social o actividad en Madrid y que la aportación se haya realizado entre el 15 de octubre del 2016 y antes del 15 de septiembre de 2017.

 

¿Dónde puedo ver las bases y la documentación a presentar?

 

En la Web de Ayuntamiento de Madrid

 

¿Qué puedo hacer para ir avanzando?

 

Desde Coop57 hemos diseñado un proceso para facilitar la financiación a las personas socias y a las entidades que deseen financiar su aportación al capital social, para que cuando llegue la fecha de presentación en septiembre de 2017 puedan acceder a la subvención de Ayto de Madrid sin demoras y en cumpliendo con los plazos de aportación previstos.