La Fundación Coop57 es una herramienta creada por Coop57 para dotarse de nuevos mecanismos que le permitan cubrir nuevas necesidades. Se hace con el objetivo de fortalecer el desarrollo de la economía social y solidaria y contribuir a la lucha por una transformación social en positivo que ayude a construir una economía basada en las personas y en el desarrollo justo y equitativo de nuestro entorno.

 

La Fundación es una herramienta complementaria al trabajo que ya está realizando Coop57 y permite cubrir dos vacíos que tiene actualmente la actividad de Coop57:

  • Articular un mecanismo de recogida de donaciones a través de aportaciones puntuales, aportaciones periódicas, la renuncia voluntaria a la remuneración de las aportaciones voluntarias de los socios y socias de Coop57, herencias, fondos de formación, promoción y educación cooperativa, convenios de colaboración con otras entidades, etc.
  • Articular un mecanismo complementario de apoyo financiero a iniciativas de economía social y solidaria con carácter transversal, que requieren instrumentos diferentes que los préstamos que actualmente ofrece Coop57 (aportaciones a fondo perdido con retorno social, avales o garantías, bonificación de intereses, etc.)

La Fundación Coop57 quiere dar respuesta a nuevos requerimientos que se plantean a Coop57 y a los cuales difícilmente se puede responder desde la estructura cooperativa y se espera que la Fundación pueda ser un instrumento adecuado y complementario para desarrollar actividades financieras en el marco de la economía social y solidaria.

 

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Finalidades:

  • La Fundación tiene por objeto social la promoción y difusión de la cultura de la solidaridad, la cooperación y el bienestar de la sociedad llevando a cabo activamente la promoción de la cultura del trabajo liberador y autogestionado, responsable y participativo, la promoción del mercado social, el comercio justo y la prestación de servicios a la persona y a la comunidad mediante la realización de actividades adecuadas a este objeto.
  • La difusión, promoción y defensa de la cultura de la economía social y solidaria en cualquiera de sus dimensiones. Entre ellas de forma especial las referidas al ámbito económico y financiero, a los proyectos de emprendedores y a las experiencias de autoempleo colectivo, así como la formación entre la ciudadanía de todos los aspectos relativos a la economía social y solidaria.
  • La realización de operaciones de apoyo financiero a las actividades desarrolladas por entidades de la economía social y solidaria dedicadas a la producción de bienes y a la prestación de servicios, incluyendo nuevas experiencias, con proyectos de alto interés social y económicamente viables, que tienen la imposibilidad, o presentan dificultades, de acceder a los servicios de las entidades financieras mercantiles con ánimo de lucro. Entre estas operaciones quedarán incluidas las que impulsen las actividades que puedan llevar a cabo los socios miembros de Coop57 SCCL.
  • Facilitar apoyo a estas entidades mediante otros instrumentos de carácter formativo u organizativo que podrá llevar a cabo directamente o con otras entidades públicas y privadas, en especial de la economía social, potenciando así la actividad en red.

El patronato:

  • Las personas que compongan el patronato serán designadas por la fundadora, la cooperativa Coop57, en la asamblea general de la misma, de entre los miembros de su consejo rector.
  • Se renovará al mismo tiempo que se realicen las renovaciones del consejo rector de la cooperativa Coop57.
  • Los mandatos son de cuatro años renovables cada dos años.

Estructura profesional:

  • En ningún caso la Fundación dispondrá de estructura de gestión remunerada.
  • La estructura profesional de la cooperativa Coop57 facilitará el apoyo necesario a la fundación para que pueda llevar a cabo su objeto social.
  • Para llevar a cabo su actividad, la fundación y la cooperativa acuerdan que las Comisiones Sociales y la Comisiones Técnicas de la cooperativa Coop57 intervengan en las operaciones de la fundación en los mismos términos que en la cooperativa.

Actividades:

  • Financiación de proyectos de la economía social y solidaria.
  • Ayudas y apoyo a la formación de las entidades de la economía social y solidaria, especialmente en cuestiones relacionadas con la financiación ética y solidaria.
  • Difundir la cultura de la economía solidaria a través de toda clase de medios orales, escritos, audiovisuales e informáticos.
  • Colaborar, participar o realizar estudios, conferencias, jornadas formativas y otras actividades que favorezcan la formación y el conocimiento del tejido de la economía social y solidaria y en el campo de las finanzas éticas.

 

Beneficiarios:

  • Las entidades de la economía social y solidaria, cualquiera que sea la forma jurídica con la que estén constituidas, que desarrollen proyectos de interés social y sean económicamente viables.
  • Las personas que lleven a cabo su actividad en el ámbito y de acuerdo con los criterios de la economía social y solidaria.
  • Las agrupaciones, federaciones o uniones que pudieran constituir los beneficiarios indicados en los dos apartados anteriores con el fin de desarrollar sus actividades de producción o servicios de acuerdo con los criterios mencionados.
  • Todas las cooperativas, personas emprendedoras, entidades que soliciten los servicios financieros de la Fundación, y que sean aprobados por ésta, deberán inexorablemente ser socias de Coop57.
  • Elección de los beneficiarios. Se efectuará por el Patronato, de acuerdo con los principios de imparcialidad y no discriminación, según los siguientes criterios:

     1. Tener una finalidad, en sentido amplio, de interés social.
     2. Estar arraigados en el territorio.
     3. Colaborar con la construcción de una sociedad más solidaria.
     4. Funcionar con criterios de autonomía y gestión democrática.
     5. Crear puestos de trabajo estables.
     6. Distribuir equitativamente la riqueza generada.
     7. Ser sostenibles socialmente y medioambiental.

Información y transparencia:

  • El consejo rector de la cooperativa llevará a cabo una labor de información, difusión y debate de las actividades de la fundación, como mínimo en la asamblea ordinaria anual de la cooperativa, en la que facilitará las cuentas y la memoria anual aprobadas por patronato con suficiente detalle de las operaciones efectuadas en el ejercicio.
  • Todo ello sin perjuicio de hacer una evaluación en profundidad de la fundación cada cuatro años, o cuando lo acuerde la asamblea de la cooperativa Coop57.
  • Siguiendo el principio de transparencia, las operaciones y actividades que lleve a cabo la fundación serán hechas públicas mediante los boletines y medios de información de la cooperativa Coop57.