Artículo. 75.- Participación intercooperativa y de fomento de la formación

75.1 La cooperativa establecerá vínculos de colaboración en materia de participación intercooperativa y de fomento de la formación con la Federación de Cooperativas en la que la cooperativa esté integrada y con otras cooperativas, entidades o federaciones afines, con los objetivos de favorecer las finalidades de los socios, consolidar y desarrollar la colaboración entre cooperativas y aplicar el Fondo de Educación y Promoción cooperativa en beneficio del entorno social de la cooperativa.