Coop57 es una cooperativa de servicios financieros éticos y solidarios que tiene como objetivo principal, contribuir a la transformación social de nuestra economía y de nuestra sociedad.

Su función principal es la financiación de proyectos de economía social y solidaria a través de la intermediación financiera. Esto significa, recoger y captar el ahorro de la sociedad civil para poder canalizarlo hacia la financiación de entidades de la economía social y solidaria que promuevan la ocupación, fomenten el cooperativismo, el asociacionismo y la solidaridad en general, y promuevan la sostenibilidad sobre la base de principios éticos y solidarios.

Coop57 es una organización democrática y de base asamblearia formada por personas y entidades de la economía social y solidaria. La entidad es propiedad de todos sus socios y socias que se autogestionan y organizan para la gestión de la cooperativa.

Pueden ahorrar en Coop57 todas aquellas personas o entidades que crean en los principios de Coop57 y quieran ver sus ahorros vinculados a la financiación de proyectos de economía social y solidaria.

Pueden ahorrar a Coop57 personas físicas en forma de socios o socias colaboradoras y personas jurídicas en forma de entidades socias colaboradoras o entidades socias de servicios.

Pueden recibir financiación de Coop57 todas aquellas entidades pertenecientes a la economía social y solidaria que sean socias de servicios de Coop57.

Pueden ser socias de Coop57 las cooperativas, asociaciones, fundaciones, empresas de inserción y otras entidades de la economía social y solidaria que desarrollen una actividad económica de forma autónoma y en base a criterios de democracia económica,. Que compartan los principios de finanzas éticas y solidarias de Coop57 y que, en la base de su actividad, generen impactos positivos y/o aporten valor añadido al conjunto de la sociedad.

Las finanzas éticas nacen desde los movimientos sociales, pacifistas y ecologistas, para dar respuesta a la inquietud de muchas personas, empresas y entidades que no querían ver como su dinero estaba vinculado al fomento de actividades contra las cuales luchaban. Las finanzas éticas, pues, nacen de la idea de: “con mi dinero no” para más adelante incorporar la idea “con mi dinero sí” y fomentar la aparición de entidades que utilizaran herramientas financieras para un desarrollo positivo de la sociedad.

Las finanzas éticas basan su fuerza en su sencillez. Algo tan simple como incorporar la ética al conjunto de las decisiones diarias de ahorro e inversión.

Esta visión cambia completamente las motivaciones, objetivos y acentos de la intermediación financiera respecto a la banca tradicional. La intermediación financiera entendida como una herramienta al servicio de las personas y nunca como una herramienta simplemente de negocio. Se trata de rescatar el valor social del dinero.

Los ahorros que se depositan en Coop57 servirán, exclusivamente, para conceder préstamos a las entidades socias de servicios de Coop57. Estas entidades son proyectos basados en los principios de la economía social y solidaria y que, para convertirse en socias de servicios de Coop57, han superado una rigurosa evaluación ética y social que analiza que sean proyectos que aporten algún tipo de valor añadido al conjunto de la sociedad.

Una vez la entidad es socia de servicios de la cooperativa es cuando puede acceder a financiación. En el supuesto de que la entidad así lo solicite se hará, entonces, una evaluación técnica y financiera de la viabilidad del proyecto para conceder aquella financiación.

Los proyectos financiados se orientan a la generación de puestos de trabajo estables y de calidad en modelos cooperativos, iniciativas de inserción sociolaboral, proyectos de los movimientos sociales, atención a las personas y a colectivos vulnerables, sostenibilidad y medio ambiente, agroecología, comercialización justa, desarrollo comunitario, cultura y educación, modelos que fomentan una profundización democrática y participativa o el asociacionismo de base, entre muchos otros.

En definitiva, proyectos que empujen nuestra economía y nuestra sociedad hacia realidades más justas, equitativas y, sobre todo, más humanas.

Préstamos a medio y largo plazo para la creación, consolidación y/o crecimiento:

  • Préstamos de inversión: Son préstamos para financiar proyectos y/o inversiones en inmovilizado. Se trata de préstamos que la entidad receptora necesita para hacer cualquier tipo de inversión o mejora en su entidad. Sería el préstamo estándar tal como lo entendemos.

Préstamos a corto plazo para la resolución de necesidades de liquidez de la entidad:

  • Financiación de Circulante: Productos de financiación de circulante orientados a facilitar operaciones a corto plazo para resolver necesidades de liquidez. Se articula en formato de póliza de crédito.
  • Anticipo de subvenciones y endossament de facturas: Son créditos para avanzar el importe de subvenciones o facturas de entidades socias con organismos públicos. Siempre se hace en base a subvenciones o convenios ya concedidos o prestaciones de servicios contratados donde el pago todavía no se ha efectuado.

Préstamos relacionados con la vivienda:

  • Financiación relacionada con modelos de vivienda cooperativos con régimen de cesión de uso y adquisición de locales de entidades socias.

Coop57 inició su actividad en Catalunya a partir de la lucha de los trabajadores de la Editorial Bruguera para mantener sus puestos de trabajo. En 1986, en medio de una fuerte crisis industrial de la economía española, la conocida editorial Bruguera se declaró inviable y pasó a manos del Banco de Crédito Industrial. Después de intentos fallidos para reflotar la empresa, reconvertirla en cooperativa o buscar comprador, el banco decidió liquidar la empresa. A esto se acogieron la mayoría de sus 775 trabajadores que cansados del proceso, prefirieron liquidar sus contratos. Este no fue el caso de todos los trabajadores, algunos de los cuales siguieron, durante años, una lucha judicial y, en último término, moral para conseguir aquellas indemnizaciones que consideraban justas. Finalmente, en 1995, este grupo de trabajadores ganó el juicio por el que llevaban años luchando.

Así, este grupo de antiguos trabajadores creó un fondo con parte de las indemnizaciones que recibieron por su despido para promover proyectos económicos que persiguiesen la creación de lugares de trabajo de calidad, especialmente aplicando modelos cooperativos.

El 19 de junio de 1995, con este fondo, se creó Coop57 bajo la fórmula jurídica de cooperativa de servicios financieros

Coop57 tiene sus recursos en dos grandes bloques:

El primer bloque se conforma por el dinero concedido, en forma de préstamos, a las entidades socias.

El segundo bloque es el dinero que no se tiene concedido en forma de préstamos.

Dada su condición jurídica, Coop57 sólo puede depositar sus recursos en instituciones financieras reguladas. Según nuestros acuerdos internos, los excedentes de recursos sólo pueden estar depositados en productos sencillos (cuentas corrientes y depósitos a corto plazo) a entidades financieras cooperativas. En concreto a Laboral Kutxa, Caja de Ingenieros, Bantierra, Caja Rural Galega, Caixa de Guissona y diferentes cajas rurales locales. También trabajamos con las entidades financieras éticas cooperativas de nuestro entorno, tales como Oikocredit y Fiare Banca Etica.

La primera condición para poder pedir un préstamo es ser entidad socia de servicios de Coop57, por lo cual se tienen que seguir los siguientes pasos:

1) La entidad debe rellenar la solicitud de alta como socia, y un cuestionario social. La finalidad de este cuestionario es que Coop57 tenga elementos para valorar los aspectos generales de la entidad.

2) Una vez la entidad ha devuelto el cuestionario cumplimentado, la Comisión Social concierta una reunión con la entidad para profundizar sobre los aspectos que trata el cuestionario y poder conocer de primera mano la organización.

3) Posteriormente a la reunión, la Comisión Social emite un informe que puede ser favorable o no. Este informe se pasa al Consejo de Sección y posteriormente al Consejo Rector, que finalmente resuelve la solicitud de incorporación con toda la información disponible.

4) Una vez la entidad ha sido admitida como socia, debe hacer una aportación al capital social de Coop57 de 901,52 euros y abonar 98,48 euros como gastos de incorporación.

5) Si la entidad solicita alguno de los servicios financieros, es la Comisión Técnica la que pide las informaciones pertinentes para valorar la idoneidad de la petición.

Si la entidad se convierte en socia de servicios, puede acceder a financiación y solicitarlo poniéndose en contacto con su sección territorial, donde se detallarían las condiciones y documentación necesaria para trabajar esta petición.

En algunas ocasiones, tanto el proceso social como el económico se pueden trabajar en paralelo.

El objetivo principal de Coop57 es la transformación social en positivo de nuestra economía y de nuestra sociedad. Coop57 se entiende a sí misma como una herramienta al servicio de sus socios y socias y al servicio de esta transformación social. Coop57, por sí sola, no podrá transformar la sociedad. El dinero por si sólo, tampoco podrá transformar la sociedad. Serán las entidades, grupos, colectivos y personas que trabajan para esta transformación social las que podrán incidir a modificar la realidad y mejorar la situación del conjunto de la socieda.

Se busca convertir el ahorro recogido en crédito transformador para ayudar, desde el punto de vista financiero, a que aquellos proyectos que aportan un valor añadido a nuestra sociedad puedan seguir desarrollando su tarea.

Coop57 lleva a cabo una actividad financiera entre sus personas socias como cooperativa de servicios. No es un banco y, por lo tanto, no dispone de la cobertura del fondo de garantía de depósitos del Banco de España.  El dinero aportado por parte de los socios y socias, incluidos los colaboradores, lo son en concepto de capital social y, por lo tanto, responden de la buena marcha de la cooperativa.

Así pues, no está sometida a regulación bancaria. Lo que se hace, en vez de esto, es autoregularse, de manera colectiva y democrática, siguiendo los criterios propios que se consideran más adecuados. En este sentido, las aportaciones, que no están garantizadas, están sujetas a una batería de medidas para poder garantizar estas aportaciones de los socios y socias colaboradoras.

Para fortalecer su solvencia Coop57 adopta varias medidas internas:

  • Destina sus excedentes a reservas. No se reparten beneficios sino que se destinan todas a reforzar la solvencia del proyecto
  • Exige a las entidades que reciben financiación que hagan aportaciones adicionales en el capital social para nutrir un fondo solidario para garantizar los préstamos
  • Dota el máximo posible para provisiones (aquel dinero reservado para hacer frente a posibles eventualidades) para posibles impagados
  • Acota el límite máximo de préstamo que puede recibir una entidad socia y, así, distribuye el riesgo (como máximo, una entidad no puede recibir en préstamos más del 2% de los recursos de que dispone Coop57)

Nuestro porcentaje de impagos es muy bajo (alrededor del 2%) y con las provisiones que cada año se van dotando es suficiente para hacerle frente. Por lo tanto, hay una serie de garantías que, hasta ahora, no se han utilizado, como las reservas voluntarias, las obligatorias, el fondo de garantía de préstamos, el fondo fundacional, fondos propios, etc.

Todas estas medidas van encaminadas a poder garantizar al máximo las aportaciones de los socios y socias de Coop57.

Para conceder un préstamo, Coop57 pide determinadas garantías a la entidad que solicita el apoyo financiero y, si procede, avales de tipo personal y no patrimonial a las personas que ejercen como avaladoras de la solicitud. Se promueve, por lo tanto, que la entidad que recibe este apoyo y sus personas integrantes se responsabilicen del dinero recibido.

La garantía siempre es mancomunada, es decir, dividida proporcionalmente entre todas las personas avaladoras, a diferencia de las entidades convencionales que exigen avales solidarios (cada avaladora responde de la totalidad del importe del crédito).

Además de los avales personales mancomunados, también existe un fondo de garantía de préstamos que se va nutriendo con las aportaciones de las entidades que reciben financiación. Este fondo tiene que servir para hacer frente a eventuales impagos.

Finalmente, se ha establecido un acuerdo de colaboración con la sociedad de garantía recíproca, ELKARGI, para avalar parte de los préstamos y así facilitar más el acceso al crédito de las entidades socias.

Más información: Garantías para los préstamos

Coop57 rige su actividad basada en los siguientes principios:

  • Principios de las finanzas éticas
  • Principios cooperativos
  • Crédito al servicio de la transformación social
  • Democracia y autogestión
  • Intercooperació y mercado social
  • Carácter colectivo
  • Confianza
  • Perspectiva feminista
  • Una economía transformadora arraigada en el territorio
  • Transparencia

Más info: https://coop57.coop/es/informacion/principios-eticos

Coop57 no es un banco y como tal no ofrece servicios bancarios (tarjetas, cuentas corrientes, domiciliaciones, etc). El ahorro en Coop57 se vehicula en forma de aportaciones al capital social de la cooperativa, otorgando así, la condición de socia de la cooperativa.

Aportaciones obligatorias en el capital social: Para convertirse en socia colaboradora se debe hacer una aportación mínima obligatoria de 300 euros al capital social de Coop57.

Aportaciones voluntarias en el capital social: Si se quieren aportar más de 300 euros, el resto de la aportación es considerada aportación voluntaria al capital social de Coop57. Las aportaciones voluntarias, a diferencia de las obligatorias, son las que se destinan a la concesión de préstamos y tienen una remuneración económica asociada que anualmente se decide en asamblea.

Todas las aportaciones (la voluntaria y la obligatoria) están a nombre de la entidad o persona socia y se pueden recuperar en el momento que se necesiten.

Una vez agotadas todas las posibilidades y en caso de que la entidad no mostrara ningún interés para devolver el dinero, Coop57, en defensa de los derechos y deberes de las entidades socias y las personas socias colaboradoras, ejercería las acciones legales oportunas.

Si la entidad no pudiera devolver el préstamo, sin que haya ningún tipo de mala fe y agotadas todas las opciones, se convocaría a las personas avalistas que mancomunadamente deberían garantizado el préstamo, para que cumplieran su compromiso. Se buscaría ofrecer las condiciones de devolución que les fueran más favorables, fraccionando el pago y sin aplicar ningún tipo de sobrecargo o comisión.

 

Existe una aportación mínima obligatoria que se pide a todas las personas o entidades que quieren ahorrar en Coop57 de 300 euros. Esta aportación mínima pertenece al capital social obligatorio y, por lo tanto, forma parte de los fondos propios de Coop57. No se trata de ninguna cuota, ni de ningún gasto o una cantidad a fondo perdido, sino que es un saldo mínimo que se pide a todo el mundo para poder ser socia de la cooperativa. Es decir, todas las personas o entidades socias colaboradoras, tienen como mínimo 300 euros depositados en Coop57.

Además, hay personas que quieren aportar más de 300 euros. La aportación que va más allá de estos primeros 300 euros son aportaciones al capital social voluntario de Coop57. El importe máximo, actualmente, es de 300.000 euros.

No. Coop57 no ofrece préstamos personales a personas particulares. Primeramente porque jurídicamente no podría, puesto que el hecho de ser cooperativa de servicios financieros impide la prestación de servicios financieros a personas físicas: la ley lo limita a personas jurídicas.

Igualmente, pero, Coop57 cree en formas colectivas de organización y, por lo tanto, su preferencia es fomentar modelos colectivos y asociativos (cooperativas, asociaciones, fundaciones, etc.).

Las aportaciones de las persones socias colaboradoras se dividen entre la aportación mínima obligatoria (300 euros) y el resto de la aportación, que tiene carácter voluntario.

El plazo de las aportaciones es de tipo indefinido hasta que se manifieste lo contrario. La aportación obligatoria forma parte de los fondos propios de Coop57. Por lo tanto, no estarán sujetos a remuneración y su devolución debe ser aprobada por el Consejo Rector. El resto de la aportación, en el supuesto de que la haya, forma parte del capital social voluntario; por lo tanto, estará sujeta a la remuneración establecida y su devolución será de carácter inmediato.

La cantidad de la remuneración se fija cada año en la Asamblea General de manera democrática y colectiva.

Para saber el porcentaje de remuneración vigente, consulta las condiciones en esta página.

Coop57 ofrece servicios financieros a sus entidades, socias de servicios, intentando que se entienda en un marco de solidaridad y ayuda mutua.

Se quieren fomentar las siguientes características:

  • El crédito en Coop57 se entiende como una herramienta que, bien orientada, contribuye a la transformación social en positivo. No se entiende como una finalidad para generar ganancias económicas
  • Los préstamos, igual que toda la relación entre Coop57 y sus personas socias, se basan en la confianza y en el respeto mutuo
  • El sistema de garantías para los préstamos concedidos responde, también, al principio de confianza a través de los avales personales mancomunados
  • La flexibilidad y adaptabilidad de los servicios financieros: se buscarán las soluciones que puedan beneficiar la viabilidad del proyecto
  • No se incurren en gastos tales como comisiones de apertura, comisiones de estudio, gastos de notaría, entre otros. No queremos aumentar los costes financieros que deben asumir las entidades con gastos que se consideran prescindibles. El objetivo es que todas las entidades socias que necesiten financiación, puedan acceder a ella
  • Los préstamos los evalúa la Comisión Técnica de cada sección territorial
  • Coop57 tiene como objetivo esencial el apoyo financiero a proyectos con un alto contenido social. Su fracaso también es el nuestro
  • Siempre se actuará con rigor y responsabilidad frente a las personas socias colaboradoras que aportan recursos económicos a la cooperativa
La función principal de Coop57 es captar recursos económicos de la sociedad para tener capacidad de dirigirlos hacia la financiación de proyectos transformadores de economía social y solidaria. La práctica totalidad de estos recursos proviene de personas individuales que deciden aportar sus ahorros al capital social de la cooperativa.
 
Esto significa que las personas individuales pueden participar haciéndose socia colaboradora y haciendo aportaciones económicas en el capital social de Coop57. Los socios y las socias colaboradoras son, básicamente, personas que creen en el proyecto de Coop57 y quieren que su dinero sirvan para financiar proyectos coherentes con sus criterios éticos y sociales.
 
Además de su aportación económica, las persones socias colaboradoras pueden participar en las asambleas, y elegir o ser elegidos por los órganos sociales. También reciben información sobre el destino de sus recursos, aplicando el principio de transparencia.

Para recuperar la aportación de Coop57 se debe solicitar poniéndose en contacto con la sección territorial a que se pertenezca. No existe ningún tipo de periodo mínimo de permanencia para las aportaciones de dinero que se hacen a Coop57. Se pueden recuperar en cualquier momento sin ningún coste, comisión o penalización.

Aún así, hay una diferencia de procedimiento entre la parte voluntaria y la parte obligatoria, si se desea recuperar la totalidad de la aportación.

Para explicarlo usemos un ejemplo:

Una persona tiene una aportación de 2.000 euros a Coop57. De estos 2.000 euros, hay 300 euros que son la aportación mínima obligatoria y 1.700 euros que se consideran aportación voluntaria.

La persona socia desea una devolución parcial de su aportación: En este caso se pide la devolución de 500 euros. Su devolución tendría carácter inmediato y la persona seguiría siendo socia con una aportación total de 1.500 euros (300 euros de aportación obligatoria y 1.200 euros de aportación voluntaria).

La persona socia desea una devolución total de su aportación: De los 2.000 euros, 1.700 euros se devuelven con carácter inmediato. Los 300 restantes, a causa de que su devolución implica causar baja como socia de la cooperativa y este capital es considerado aportación obligatoria, para su devolución, ésta tiene que ser aprobada y autorizada por parte del Consejo Rector que se reúne mensualmente. De este modo, y dependiendo de la fecha de reunión del Consejo Rector puede tardar algunos días, nunca excediendo el plazo de un mes, para recuperar los 300 euros de la aportación obligatoria.

Las solicitudes de préstamos son analizadas por parte de la Comisión Técnica. Su función es garantizar que los proyectos sean viables y puedan afrontar la devolución del préstamo. Sus integrantes son personas vinculadas a la economía social y solidaria y con conocimientos económicos y financieros, pero independientes de la estructura técnica laboral de Coop57.

La Comisión Técnica elabora un informe, que puede ser favorable o negativo, para el Consejo de Sección, que es el órgano de cada sección territorial que tiene la responsabilidad de decidir la concesión de los préstamos.

Ser socio o socia colaboradora de Coop57 significa pertenecer a una red de personas y entidades que trabaja colectivamente para fomentar otros modelos económicos y sociales. Significa ejercer la soberanía económica y poner en práctica modelos financieros que tengan en cuenta las personas, el entorno y el territorio en vez de la maximización de beneficios.
 
Convertirse en socia de Coop57 confiere una serie de derechos que se pueden clasificar en tres tipologías: 
 
  • Derechos políticos y de participación: Las persones socias de Coop57 pueden participar -con voz y voto- en las asambleas, decidir las líneas de actuación de Coop57 y con qué criterios éticos y sociales se actúa. Los votos se ponderan independientemente del capital aportado.
  • Derechos económicos: Las aportaciones de ahorro voluntarias están sujetas a una remuneración económica que anualmente fija la asamblea general de Coop57 en base a un proceso colectivo y democrático.
  • Derecho a la información: Todos los socios y socias reciben información periódica de los préstamos que se conceden, el estado económico de la cooperativa, la actividad social y otras informaciones relevantes sobre las actividades de Coop57.
 
Coop57 tiene la vocación de pertenecer a todas aquellas personas y entidades que quieran contribuir al cambio social y económico de nuestro entorno. Una herramienta financiera en manos de la sociedad, propiedad de todos sus socios y socias. Por lo tanto, si crece la base social, se podrá incidir más y mejor en el establecimiento de nuevos modelos económicos que puedan transformar la sociedad hacia realidades pensadas desde los criterios de la economía transformadora y al servicio de la mayoría.

 

Sí. Como socia de Coop57 se pueden hacer nuevas aportaciones y/o solicitar devoluciones siempre que se quiera. Ahora bien, se debe tener en cuenta que, sin que exista una limitación en la cantidad de movimientos, Coop57 es un espacio de ahorro y no un lugar para tener una operativa cotidiana. Por lo tanto, no debe tener este uso.

Sí. Coop57 es una cooperativa y como tal opera, exclusivamente, con sus personas y entidades socias. La figura del cliente no existe en Coop57 y así, todo el mundo que se relaciona con Coop57 lo hace desde la posición de socia.

Por lo tanto, para acceder a la financiación se debe ser previamente entidad socia de servicios de Coop57.

Pero este hecho, lejos de considerarlo una limitación, se considera una riqueza y una oportunidad para crear herramientas comunitarias que permitan avanzar hacia la profundización de modelos solidarios de democracia económica y propiedad colectiva.

Ser socia de Coop57 significa pertenecer a una red de personas y entidades que trabaja colectivamente para fomentar otros modelos económicos y sociales. Significa ejercer la soberanía económica y poner en práctica modelos financieros que tengan en cuenta las personas, el entorno y el territorio en vez de la maximización de beneficios.

 

Coop57 se organiza de acuerdo con un principio fundamental: la proximidad en la base social de economía solidaria y a sus necesidades financieras. Esta proximidad es el que permite dar un buen servicio y evaluar correctamente los proyectos que necesitan financiación, más allá de los criterios de riesgos que utilizan las entidades financieras convencionales. Así mismo, nos permite ser muy imaginativos a adecuar los servicios financieros a cada necesidad concreta.
 
Para evitar que al crecer se pierda esta proximidad, Coop57 ha posado en práctica un modelo de desarrollo en red mediante la creación de secciones territoriales y el crecimiento horizontal. Actualmente existen secciones territoriales en Andalucía, Aragón, Asturies, Catalunya, Euskal Herria, Galiza y Madrid. Además, existen grupos promotores en País Valencià y Mallorca.
 
Las características de este crecimiento en red son:
 
  • La existencia de una sola entidad jurídica, que aplica los mismos principios éticos y sociales, y los criterios de valoración.
  • La capacidad de cada territorio de autogestionar su base social y su actividad: admisión de socias, valoración de proyectos, concesión de préstamos...
  • Todas las personas y entidades socias participan directamente y de forma universal en la asamblea de su sección territorial. De cada asamblea territorial, en función del número de socios y socias, emanan unas personas y entidades representantes. Son encargadas de trasladar los acuerdos tomados desde cada una de las asambleas de sección hasta la asamblea general. Se conforma así un modelo de toma de decisiones de bajo hacia arriba.
  • Los recursos económicos que se captan en cada territorio se destinan, prioritariamente, a financiar proyectos del mismo territorio. Se establece, pero, solidaridad interterritorial: en caso de que un territorio tenga peticiones de préstamos que superen sus recursos, puede pedir la solidaridad otros territorios que dispongan de dinero en excedente.
  • Se comparten los servicios comunes de Coop57, situados en Barcelona.

No. Coop57 es una cooperativa de servicios financieros éticos y solidarios y como tal, no es un banco. No tenemos ficha bancaria ni estamos regulados por el banco central. Esto implica que no podemos ofrecer servicios de banca comercial y por lo tanto, no podemos ofrecer cuentas corrientes, ni domiciliaciones, ni transferencias a terceros, tarjetas de crédito/débito, etc. En definitiva, no podemos ofrecer operativa bancaria.

 

Lo que hacemos en Coop57 es captar recursos económicos para poder financiar la economía social y solidaria con el objetivo de fomentar una transformación social en positivo. Por lo tanto, las personas que tienen dinero a Coop57 lo hacen en forma de aportación al capital social de la cooperativa y, a pesar de que se pueden hacer nuevas aportaciones y/o solicitar devoluciones siempre que se quiera, se tiene que interpretar más bien como un espacio de ahorro que no como cuenta en la que tener una operativa cotidiana.

 

Para convertirse en entidad socia de servicios de Coop57 se tienen que seguir los siguientes pasos:

1) La entidad tiene que llenar la solicitud de alta como socia y un cuestionario social. La finalidad de este cuestionario es que Coop57 tenga elementos para valorar los aspectos generales de la entidad.

2) Una vez la entidad ha devuelto el cuestionario lleno, la Comisión Social concierta una reunión con la entidad para profundizar sobre los aspectos que trata el cuestionario y poder conocer de primera mano la organización.

3) Posteriormente a la reunión, la Comisión Social emite un informe que puede ser favorable o no. Este informe se pasa al Consejo de Sección y posteriormente al Consejo Rector, que finalmente resuelve la solicitud de incorporación, con toda la información disponible.

4) Una vez la entidad ha sido admitida como socia, tiene que hacer una aportación en el capital social de Coop57 de 901,52 euros y abonar 98,48 euros como gastos de incorporación.

5) Si la entidad solicita alguno de los servicios financieros, es la Comisión Técnica la que pide las informaciones pertinentes para valorar la idoneidad de la petición.

Coop57 es una cooperativa y por tanto sus decisiones se toman de forma colectiva y democrática. Se organiza por secciones territoriales y existen órganos de decisión a dos escalas: en el ámbito general y en el ámbito de la sección territorial.
 
Ámbito general:
 
La Asamblea General es el órgano de decisión máximo de la cooperativa. Entre otras funciones, escoge el Consejo Rector, aprueba las cuentas y el plan de trabajo, y decide las líneas estratégicas de la cooperativa, los criterios éticos y los precios. Está conformada por una delegación de socias que emanan de todas las secciones territoriales.
 
El Consejo Rector es el órgano social de representación y gobierno de la cooperativa. Es el órgano encargado de la aplicación del plan de trabajo aprobado en asamblea y aprueba la incorporación de nuevas socias de Coop57, entre otras tareas.
 
Ámbito de sección territorial: 
 
La asamblea de sección es el órgano soberano de cada sección y nombra su Consejo de Sección. Es el espacio de participación directa de todas las personas y entidades socias de la cooperativa. Sus deliberaciones y decisiones se trasladan a la Asamblea General.
 
El Consejo de Sección es el órgano de representación, gobierno y gestión de la sección territorial. Es escogido por todas las personas y entidades socias de su sección territorial. Entre otras tareas, aprueba la concesión de nuevos préstamos y propone al Consejo Rector la incorporación de nuevas socias.

Sí. Coop57 es una cooperativa y como tal opera, exclusivamente, con sus personas y socias. La figura del cliente, en sentido estricto, no existe en Coop57: todo el mundo que se relaciona con la cooperativa lo hace desde la posición de socio o socia. Por lo tanto, para poder ahorrar a Coop57 se debe ser socia colaboradora de Coop57.

Pero este hecho, lejos de considerarlo una limitación, se considera una riqueza y una oportunidad para crear herramientas comunitarias que permitan profundizar en modelos solidarios de democracia económica y propiedad colectiva.

Ser socio o socia de Coop57 significa pertenecer en una red de personas y entidades que trabaja colectivamente para fomentar otros modelos económicos y sociales. Significa ejercer la soberanía económica y poner en práctica modelos financieros que tengan en cuenta las personas, el entorno y el territorio en vez de la maximización de beneficios.

Una de las principales características y voluntades de Coop57 es ser ágil y flexible para conceder financiación.

El procedimiento para obtener financiación se intenta que sea en el menor tiempo posible. Siempre respetando, sin embargo, los procesos establecidos en Coop57 para todos los casos.

En este caso, dependiendo de si la entidad es socia de servicios o no en el momento de pedir la solicitud, se pueden generar variaciones en los tiempos.

Si la entidad no es socia de servicios, para poder acceder a financiación, lo primero que debe hacer es solicitar el alta como socia. 

Tanto las altas de nuevas entidades como las nuevas solicitudes de financiación las aprueba el Consejo de Sección de cada territorio que se reúne mensualmente.

Quién lleva a cabo el análisis social y económico son las Comisiones Sociales y Técnicas, que también se reúnen mensualmente.

Por lo tanto, dependiendo de cuando se inicien los trámites, en casos normales se puede resolver una solicitud de financiación:

  • para entidades socias, en menos de un mes
  • para entidades que se tienen que incorporar como socias, en uno o dos meses

Podéis ver la cifra de socias y su distribución territorial siguiendo el enlace: https://coop57.coop/eu/informacion/coop57ren-zifrak

Para convertirse en socio o socia colaboradora de Coop57 se debe rellenar un formulario para solicitar el alta:

Formulario de alta como socio o socia colaboradora

Una vez se haya recibido el formulario y se haya hecho el pago, enviaremos el contrato al domicilio indicado.

También se puede solicitar el alta por correo electrónico o dirigiéndose, físicamente, a las sedes de Coop57. Para consultar los datos de contacto, clicar aquí.

Puedes ver el volumen de recursos económicos gestionados por Coop57 siguiendo el enlace: https://coop57.coop/es/content/cifras-econ%C3%B3micas 

Sí. Para hacer consultas u operaciones existe una oficina virtual: https://coop57.net/ 
 
La oficina virtual es un servicio a disposición de las socias de Coop57 donde hacer consultas y operaciones. El objetivo es agilizar y facilitar los diferentes procesos y operativa para todas las socias.
 
En la oficina virtual se puede: 
 
  • Consultar el estado de la cuenta
  • Consultar el histórico de movimientos
  • Hacer nuevas aportaciones
  • Solicitar devoluciones
  • Tramitar el alta y/o baja de aportaciones periódicas
  • Actualizar datos de contacto
  • Consultar la información fiscal sobre las remuneraciones a las aportaciones
  • Hacer otras consultas